No te pierdas el evento líder en la industria. ¡REGÍSTRATE AQUÍ!
Registro abierto, no te pierdas el evento líder en la industria. ¡REGÍSTRATE AQUÍ!

Colombia aprueba eliminación gradual de plásticos de un solo uso

Durante los próximos ocho años las industrias de plásticos deberán avanzar en proyectos y alternativas sustentables que reemplacen algunas opciones de materiales disponibles hoy.

Bolsas Plásticas Un Solo Uso
Foto Roberta Errani en Unsplash

El Senado colombiano aprobó este miércoles 1 de junio un proyecto de ley que regula la fabricación, la comercialización y el uso de algunos productos plásticos de un solo uso. La ley había sido tramitada ya por la Cámara de Representantes del país, y en su articulado se señalan las disposiciones para buscar la reducción gradual de la producción y el uso de 14 tipos de plásticos de uso corriente en la actualidad.

Con las nuevas medidas, se espera que en el año 2030 se haya avanzado en el objetivo de reducir los impactos de los residuos plásticos sobre el medioambiente. Durante este tiempo, la ley prevé una transición progresiva de los plásticos de uso actual hacia opciones más sostenibles, con alternativas como materiales biodegradables y compostables. La ley, pendiente de su sanción por parte del presidente colombiano Iván Duque, busca disminuir de manera importante el volumen de plásticos que se consumen en país, que actualmente asciende a 24 kilos por cada habitante de Colombia, que cuenta con una población cercana a los 50 millones de habitantes.

La ley, pendiente de su sanción por parte del presidente colombiano Iván Duque, busca disminuir de manera importante el volumen de plásticos que se consumen en país, que actualmente asciende a 24 kilos por cada habitante de Colombia.La ley, pendiente de su sanción por parte del presidente colombiano Iván Duque, busca disminuir de manera importante el volumen de plásticos que se consumen en país, que actualmente asciende a 24 kilos por cada habitante de Colombia.Foto de Saindur Enviro en UnsplashDurante el proceso de trámite, el proyecto de ley había sido aprobado en septiembre del año pasado con 117 votos en la Cámara de Representantes, luego de discusiones en las que se eliminaron y modificaron cláusulas, como las que prohibían la exportación de algunos productos plásticos de un solo uso, y medidas como la obligación de los productores de mitigar los impactos ambientales de sus productos.

La ley aprobada señala específicamente la prohibición y la sustitución gradual de los siguientes catorce productos plásticos de un solo uso:

1. Bolsas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, excepto aquellas reutilizables o de uso industrial.

2. Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas, así como las utilizadas en las lavanderías para empacar ropa lavada.

3. Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías o llevar alimentos a granel, excepto para los productos de origen animal crudos.

4. Envases o empaques, recipientes y bolsas para contener líquidos no preenvasados, para consumo inmediato, para llevar o para entregas a domicilio.

5. Platos, bandejas, cuchillos, tenedores, cucharas, vasos y guantes para comer.

6. Mezcladores y popotes / pitillos para bebidas.

7. Soportes plásticos para las bombas de inflar.

8. Confeti, manteles y serpentinas.

9. Envases o empaques y recipientes para contener o llevar comidas o alimentos no preenvasados conforme a la normatividad vigente, para consumo inmediato, utilizados para llevar o para entregas a domicilio.

10. Láminas para servir, empacar, envolver o separar alimentos de consumo inmediato, utilizados para llevar o para entrega a domicilio.

11. Soportes plásticos de los copitos de algodón o hisopos flexibles con puntas de algodón.

12. Mangos para hilo dental o porta hilos dentales de uso único.

13. Empaques, envases o cualquier recipiente empleado para la comercialización, al consumidor final, de frutas, verduras y tubérculos frescos que en su estado natural cuenten con cáscaras; hierbas aromáticas frescas, hortalizas frescas y hongos frescos. Podrán emplearse tales empaques, envases o recipientes para garantizar la inocuidad de los alimentos, prevenir la pérdida o el desperdicio de alimentos, y/o proteger la integridad de los mismos frente a daños, siempre y cuando los materiales empleados sean en su totalidad reciclables y/o reciclados, conforme lo permita la normatividad sanitaria, y cuenten con metas de reincorporación en un modelo de economía circular.

14. Adhesivos, etiquetas o cualquier distintivo que se fije a los vegetales.

El anuncio de la aprobación de la ley 274 de 2020 generó distintas opiniones en Colombia. Juan Carlos Losada, representante a la Cámara por el Partido Liberal Colombiano y autor del proyecto de ley, señaló en las redes sociales que “Esta ley es un avance histórico en favor de las fuentes hídricas de Colombia, en favor del mar y en contra de la contaminación plástica”.

En conversación con la emisora radial colombiana La W, Daniel Mitchell, presidente de la Asociación Colombiana de Industrias Plásticas, Acoplásticos, señaló por su parte que la ley impulsa el avance hacia modelos más sostenibles, pues promueve la migración hacia alternativas como los productos reutilizables, los materiales biodegradables y el cumplimiento de metas de circularidad a través del reciclaje. La ley “da un tiempo para transitar hacia esquemas más sostenibles”, señaló, y destacó cómo el impacto de la ley dependerá del compromiso que tiene la industria del plástico, sumado a la cultura ciudadana y medidas regulatorias como las aprobadas por el Senado de Colombia.