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Se aplaza por dos meses norma sobre etiquetado de alimentos y bebidas en México

El anuncio lo hizo la Secretaria de Economía a través del Diario Oficial de la Federación y en él se incluye la ausencia de sanciones durante el plazo ampliado.

Se aplaza por dos meses norma sobre etiquetado de alimentos y bebidas en México
Foto de Tobias Tullius en Unsplash

Las empresas productoras de alimentos bebidas no alcohólicas recibieron con alivio el anuncio de una prórroga por dos meses para la aplicación de la NOM-05 que regula en México la presentación en los empaques y envases de sellos de advertencia sobre excesos de nutrientes críticos como calorías, grasas, azúcares y sodio.

El aplazamiento de la NOM-051 había sido solicitada por entidades como el Consejo Coordinador Empresarial (CCE), la Confederación de Cámaras Industriales (CONCAMIN) y el Consejo Mexicano de la Industria de Productos de Consumo (CONMEXICO), que consideraban inoportuna su aplicación en medio de la pandemia, y que señalaban además dificultades relacionadas con los altos costos de producir los nuevos empaques y envases y de gestionar los altos inventarios que tenían las empresas, producidos antes de la entrada en vigor de las regulaciones.

En la comunicación, emitida el pasado viernes 31 de julio se informa además que no habrá sanciones de parte de Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) y la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) a productores, importadores o comercializadores durante el período de 60 días comprendidos entre el 1 de octubre, fecha inicialmente acordada para que la NOM-051 comenzara a regir, y el 30 de noviembre del presente año.

En la comunicación expedida conjuntamente entre las Secretarías de Economía y de Salud se afirma que, con el objeto de brindar certeza jurídica a todas las partes interesadas “no se sancionarán administrativamente con amonestación, multas, clausura, arresto, suspensión, revocación, cancelación, prohibición de comercialización, inmovilización, aseguramiento, retiro del mercado y/o emisión de alertas, en los supuestos y plazos identificados en los numerales que anteceden y que son objeto del presente Acuerdo Interinstitucional”.

La medida se produce luego de que varias peticiones de postergar la aplicación la Norma fueran negadas recientemente en distintos tribunales del país, incluida la de la Asociación Nacional de Manufacturas de Estados Unidos (NAM) que había solicitado un periodo de un año para la entrada en vigor de las nuevas medidas de etiquetado, y la del sector privado mexicano, que ha estimado en dos el plazo de implementación de los sellos en sus productos, más de 800 mil de acuerdo con datos de la industria.

El acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación señala en sus consideraciones la posibilidad de que coexistan durante el plazo estipulado productos con sellos y leyendas con otros que no los contengan, pero mantiene vigente la exigencia de que a partir del mes de abril de 2021 no podrán utilizarse etiquetas superpuestas, y serán obligatorios sellos de advertencia que hagan parte integral de los envases y empaques.