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Argentina se suma a grupo de países latinoamericanos con leyes de etiquetado frontal de alimentos y bebidas

Luego de una sanción inicial en la Cámara hace un año, el Congreso argentino aprobó este miércoles la normativa sobre la inclusión de etiquetas de advertencia en los empaques de productos exceso de nutrientes críticos.

Foto Argentina

Con una amplia mayoría de los diputados argentinos a favor, y en medio de una prolongada sesión que se extendió hasta la madrugada, fue aprobada finalmente la ley de Etiquetado Frontal de Alimentos, que tiene como objetivo principal hacer explícita para los consumidores la presencia en alimentos y bebidas de altos niveles de grasas totales, grasas saturadas, sodio, azúcares y/o calorías.

La nueva ley se ajusta en su alcance y concepción a otras que han sido adoptadas desde hace varios años en otros países latinoamericanos, como es el caso de Chile, Uruguay, Perú y, más recientemente, el año pasado en México. Las nuevas disposiciones deberán ser acatadas por fabricantes, fraccionadores y empacadores que distribuyan o comercialicen alimentos y bebidas no alcohólicas. La ley incluye también a los importadores de esta clase de productos a territorio argentino.

En un plazo no mayor a los seis meses después de su aprobación, la ley de Etiquetado Frontal de Alimentos obliga a que los productos que superen los niveles de nutrientes críticos, de acuerdo con los criterios del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud, incluyan octágonos negros que adviertan de los contenidos que sobrepasen los límites establecidos. En tal caso, los sellos con bordes y letras de color blanco deberán disponerse al frente del empaque en un tamaño no inferior al 5 % de la superficie y ofrecer información clara y veraz de los contenidos. En el caso de productos con componentes de cafeína o edulcorantes, se advertirá también de su presencia y de su uso no recomendado para la población infantil.

Limitaciones a productos con sellos

Cuando alguno de los productos dentro de las categorías de alimentos y bebidas no alcohólicas incluya en su empaque alguno de los sellos de advertencia, este no podrá incluir en su empaque elementos de publicidad, promoción o patrocinio, lo mismo que declaraciones nutricionales complementarias en las que se resalten cualidades positivas o nutritivas. Igualmente, buscando la protección de la población infantil, que según datos obtenidos de la Encuesta Nacional de Nutrición y Salud de 2018 presenta porcentajes de más de 13 % de obesidad, los productos con algún sello no podrán hacer uso de personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos; así como tampoco promocionar la entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales, o cualquier otro elemento que incite al consumo por parte de niños y niñas.

La aprobación de la nueva ley no estuvo exenta de debates y controversias. Mientras que organismos y entidades como la Organización Panamericana de la Salud, UNICEF y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura respaldaron la ley y solicitaron su aprobación sin modificaciones al proyecto inicial, agremiaciones de las industrias de alimentos, lácteos y azucarera, al igual que distintas empresas extranjeras con operaciones en Argentina, expresaron su preocupación por el carácter restrictivo de las nuevas disposiciones gubernamentales.

Por el lado de las autoridades y los legisladores de Argentina, las declaraciones ante la aprobación de la ley reflejan la postura mayoritaria en favor de su implementación, y de los beneficios que supondrá en términos de salud. Durante el debate, la diputada Cecilia Moreau, señaló que “No queremos prohibir la comercialización de ningún alimento; solo buscamos asegurarle al consumidor que le estamos ofreciendo información concisa sobre lo que consumimos”. En igual sentido se pronunció la ministra argentina de la Salud, Carla Vizzoti, quien expresó su complacencia con la aprobación de las nuevas medidas para el etiquetado frontal, destacando la importancia que tienen al favorecer el acceso a la información para la toma de decisiones que inciden en una menor ocurrencia de enfermedades no transmisibles.

Como una manera adicional de abordar los problemas ocasionados por el consumo excesivo de los nutrientes críticos incluidos en la ley de Etiquetado Frontal, se considera en sus disposiciones la responsabilidad que tiene el Consejo Federal de Educación de adelantar programas que promuevan la realización de actividades de educación alimentaria en las escuelas y colegios del país, prohibiendo en estos la comercialización y promoción de productos con al menos uno de los sellos de advertencia.